Meta es multado por la Unión Europea con más de $410 millones de dólares por exigir ilegalmente a los usuarios que acepten anuncios personalizados

Meta es multada oficialmente por la Unión Europea por exigir ilegalmente a sus usuarios de Facebook, Instagram y WhatsApp que acepten anuncios personalizados.

Se dice que el gigante de las redes sociales violó los términos del Reglamento General de Protección de Datos (GDPR) cuando sus términos de servicios pidieron permiso a los usuarios para recopilar datos e información para la orientación de anuncios. Según los reguladores, los anuncios personalizados deberían permitirse por completo o el uso de la plataforma se detendría por completo. La UE aún no ha notado cómo se espera que Meta ajuste sus políticas para cumplir con el reglamento. La CNBC ha informado que la Comisión de Protección de Datos de Irlanda dijo que se debería ordenar a Meta que pague dos multas. Uno de ellos es una multa de aproximadamente $ 222,5 millones de dólares por violar el RGPD, mientras que el otro es una multa de alrededor de € 180 millones de euros relacionada con el incumplimiento de la misma ley por parte de Instagram.

Max Schrems, un activista de la privacidad austriaco, afirma que este es un “golpe masivo para las ganancias de Meta en la UE”. Agregó: “Ahora se debe preguntar a las personas si quieren que sus datos se usen para anuncios o no. Deben tener una opción de ‘sí o no’ y pueden cambiar de opinión en cualquier momento. La decisión también garantiza la igualdad de condiciones con otros anunciantes que también necesitan obtener el consentimiento de suscripción”.

En el fallo a principios de esta semana, la Comisión de Protección de Datos (DPC) dijo que Meta debe realizar los cambios necesarios en sus operaciones de procesamiento de datos para cumplir con las normas dentro de los próximos tres meses. En un comunicado proporcionado a la publicación, un portavoz de Meta dijo:

“La sugerencia de que Meta ya no puede ofrecer anuncios personalizados en toda Europa a menos que primero se haya buscado el acuerdo de cada usuario es incorrecta. Ha habido una falta de claridad regulatoria sobre este tema, y el debate entre los reguladores y los formuladores de políticas en torno a qué base legal es más apropiada en una situación dada ha estado en curso durante algún tiempo.

Es por eso que no estamos de acuerdo con la decisión final del DPC y creemos que cumplimos completamente con el RGPD al basarnos en la Necesidad contractual para los anuncios conductuales dada la naturaleza de nuestros servicios. Como resultado, apelaremos el fondo de la decisión”.

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